DECRETO DEL CONGRESO  48-2002

Aprueba el Acuerdo de sede entre Guatemala y la Federación Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, suscrito en la ciudad de Guatemala, el 14 de septiembre del año dos mil uno.

DECRETO NUMERO 48-2002

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la República de Guatemala, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores con fecha catorce de septiembre del año dos mil uno, suscribió el Acuerdo Sede entre el Gobierno de la República de Guatemala y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

CONSIDERANDO:

Que la cooperación prevista en el Acuerdo indicado se presta en beneficio del Gobierno y el pueblo de la república de Guatemala, y que las instituciones de Gobierno relacionadas con lo dispuesto, se han pronunciado favorablemente.

CONSIDERANDO:

La destacada labor efectuada por la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en la asistencia y el alivio de los sufrimientos de la humanidad, así como su valiosa contribución en favor de la paz y el desarrollo del mundo, constituye un baluarte para nuestro país convertirse en sede regional.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y l) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

 
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