CONVENIO 0233
Convenio para un Programa Cooperativo de Salud y Saneamiento, entre Guatemala y Estados Unidos
CARLOS CASTILLO ARMAS,
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
POR CUANTO:
El honorable Congreso de la República, en decreto número 1073 emitido con fecha once de mayo en curso, dió su aprobación al Convenio para un Programa Cooperativo de Salud y Saneamiento entre el Gobierno de Guatemala y el Gobierno de los Estados Unidos, suscrito en esta ciudad el 3 de enero de 1955;
POR TANTO,
En uso de la facultad que me confiere la Constitución de la República, ratifico el mencionado Convenio para un Programa Cooperativo de Salud y Saneamiento, celebrado entre los Gobiernos de Guatemala y de los Estados Unidos el 3 de enero de 1955, y mando que se publique para que se tenga como ley de la República.
En fe de lo cual extiendo el presente instrumento de ratificación, firmado de mi mano, autorizado con el Sello Mayor de la República y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Guatemala a los diez y seis días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y seis.
(f) CARLOS CASTILLO ARMAS.
(r.) RICARDO QUIÑONES LEMUS.
CONVENIO
Para un Programa Cooperativo de Salud y Saneamiento entre El Gobierno de Guatemala, representado por el personero del Gobierno para los Asuntos de Cooperación Técnica y el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Y
El Gobierno de los Estados Unidos, representado por la Administración de operaciones de los Estados Unidos en el extranjero.
El gobierno de la República de Guatemala representado por el personero del Gobierno para los Asuntos de Cooperación Técnica y el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, y el Gobierno de los Estados Unidos representado por la Administración de Operaciones en el extranjero, convienen en lo siguiente:
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