ACUERDO GUBERNATIVO 128-86
Reglamento para la Legislación Centroamericana sobre el valor Aduanero de las Mercancías
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 128-86
Palacio Nacional: Guatemala, 27 de febrero de 1986
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que el consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano es su Segunda Reunión aprobó el Reglamento a la Legislación Centroamericana sobre el Valor aduanero de las mercancías, según resolución No.5 (Consejo II-85) por lo que procede su incorporación al derecho interno del país, en vista de que mediante Decreto-Ley número 147-85 se aprobó la Legislación Centroamericana sobre el valor aduanero de las mercancías,
POR TANTO,
En ejercicio de la función que le confiere el Artículo 183 inciso e) de la Constitución política de la República de Guatemala,
ACUERDA;
ARTICULO 1. Se aprueba el Reglamento de la Legislación Centroamericana sobre el valor aduanero de las mercancías a que se refiere el Decreto-ley número 147-85, emitido por e Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano el 5 de diciembre de 1985, mediante resolución –No. 5 (consejo II-85), cuyo texto es el siguiente:
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES
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