ACUERDO 18-2002
Se acuerda autorizar a todos los órganos jurisdiccionales para que en las resoluciones y actuaciones judiciales en general se utilice papel tipo bond o similar.
Autoriza a todos los Órganos Jurisdiccionales
para que en las resoluciones y actuaciones judiciales.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdo Número 18-2002
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
I
Que el uso del papel español en las actuaciones judiciales encontró justificación por la obligatoriedad de la utilización del papel en las mismas, y la reposición correspondiente, lo que en el pasado fue regulado por diversas disposiciones legales y reglamentarias que hoy se encuentran derogadas.
II
Que en los actuales momentos las actuaciones judiciales se encuentran exentas del impuesto de papel sellado y timbres, por lo que no se hace necesario reponer ninguna actuación judicial al papel sellado que antes se exigía en la tramitación judicial.
III
Que la utilización del papel español en las resoluciones judiciales resulta oneroso para el Organismo Judicial, debido al alto costo que ha alcanzado este tipo de marginado en el mercado local, por lo que, es pertinente resolver de conformidad sobre el particular.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le otorgan los artículos 205 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y 54 literales a) y f) de la Ley del Organismo Judicial.
ACUERDA:
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