ACUERDO GUBERNATIVO 23-73
Reglamento de la Ley Orgánica de la Zona libre de Industria y Comercio Santo Tomás de Castilla
ACUERDO GUBERNATIVO No. M. de F. P. 23-73
Palacio Nacional: Guatemala, 20 de julio de 1973.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la "Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomás de Castilla" (Decreto número 22-73 del Congreso de la República), el Ejecutivo, a través del Ministerio de Finanzas Públicas y dentro del término que señala dicho precepto, debe emitir el Reglamento de la mencionada Ley, a fin de facilitar su debido cumplimiento,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el artículo 189, inciso 4°, de la Constitución de la República,
ACUERDA:
El siguiente:
"REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ZONA
LIBRE DE INDUSTRIA Y COMERCIO SANTO TOMÁS
DE CASTILLA"
CAPÍTULO I
OBJETO
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