ACUERDO MINISTERIAL 780-2002
Se acuerda aprobar la cantidad de Q. 400.00 por manzana, fijada por el Consejo Nacional del Algodón, en concepto de fianza que debe ser presentada ante dicho Consejo, para la obtención de la licencia de siembra de algodón.
Aprobar la Cantidad de Q 400.00 por manzana fijada
por el Consejo Nacional del Algodón en concepto de fianza
que debe ser presentada ante dicho Consejo
ACUERDO MINISTERIAL No. 780-2002
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 21 de mayo de 2002
LA VICEMINISTRA DE AGRICULTURA, RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y
ALIMENTACIÓN ENCARGADA DEL DESPACHO MINISTERIAL
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley del Algodón, Decreto-Ley Número 12-86 del Jefe del Estado, corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, conjuntamente con el Consejo Nacional del Algodón, implementar los mecanismos técnicos y administrativos para la aplicación de las disposiciones que dicha ley establece.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional del Algodón, en el punto VIII del acta de la sesión 1232, celebrada el 29 de abril de 2002, fijó el monto de la fianza que debe serle presentada para la obtención de licencia para siembra de algodón, de conformidad con lo que establece el artículo 31 de la Ley del Algodón.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República; 27 y 29 de al Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de al República y sus reformas; 31 de la Ley del Algodón, Decreto-Ley Número 12-86 del Jefe del Estado; y, 6 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo Número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, reformado por el Acuerdo Gubernativo Número 7446-99 de fecha 30 de septiembre de 1999.
ACUERDA:
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