RESOLUCIÓN 191-2001
Reglamento para Prevenir y Detectar el Lavado de Activos
SECRETARIA DE LA JUNTA MONETARIA
Guatemala, 26 de abril de 2001 JM-191-2001
RESOLUCIÓN JM-191-2001
Inserta en el Punto Décimo del Acta 35-2001, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 25 de abril de 2001.
PUNTO DÉCIMO: Superintendencia de Bancos solicita a la Junta Monetaria aprobación del proyecto de Reglamento para Prevenir y Detectar el Lavado de Activos.
RESOLUCIÓN JM-191-2001. Conocido el Oficio 1639-2001 del 24 de abril de 2001, mediante el cual se eleva la propuesta de la Superintendencia de Bancos, tendente a que esta Junta apruebe el "Reglamento para Prevenir y Detectar el Lavado de Activos"; y,
CONSIDERANDO: Que las instituciones supervisadas por la Superintendencia de Bancos, a través de las múltiples opciones de productos y servicios que prestan, son susceptibles de ser utilizadas para la transferencia y depósito de fondos obtenidos de la realización de actividades ilícitas, lo cual vendría a afectar la confianza del público en dichas instituciones, y por ende, su estabilidad y credibilidad nacional e internacional;
CONSIDERANDO: Que el Principio Básico 15 para una Supervisión Bancaria Efectiva, emitido por el Comité de Basilea, señala que los supervisores bancarios deben determinar que los bancos tengan políticas, prácticas y procedimientos adecuados, incluyendo un estricto reglamento de "conozca a su cliente" que promueva altos estándares éticos y profesionales en el sector financiero y que prevenga que el banco sea utilizado por elementos criminales ya sea en forma intencional o no intencional;
CONSIDERANDO: Que Guatemala, no obstante ha sido signataria de varios convenios y tratados internacionales en materia de lavado de activos, aún no cuenta con regulación específica en este campo, lo que la coloca en una situación de desventaja competitiva frente a los demás países que sí disponen de regulación específica;
CONSIDERANDO: Que la normativa sobre esta materia es necesaria para contribuir a garantizar la transparencia y legitimidad de los flujos de capital interno y externo que circulan en la economía nacional;
CONSIDERANDO: Que el proyecto de reglamento propuesto por la Superintendencia de Bancos se adecúa al propósito contemplado en la citada ley, por lo que se estima conveniente su aprobación;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 30 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, así como tomando en cuenta el Oficio 1639-2001 y el Dictamen No. CTSB-04-2001, ambos de la Superintendencia de Bancos, y en opinión de sus miembros,
LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:
1.Aprobar, conforme el texto adjunto a la presente resolución, el "Reglamento para Prevenir y Detectar el Lavado de Activos".
2.Autorizar a la Secretaría de esta Junta para que, sin más trámite, publique la presente resolución, la cual entrará en vigencia el uno de mayo de dos mil uno.
Hugo Rolando Gómez Ramírez Secretario Junta Monetaria
ANEXO A LA RESOLUCION JM-191-2001
REGLAMENTO PARA PREVENIR Y DETECTAR
EL LAVADO DE ACTIVOS
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
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