ACUERDO GUBERNATIVO 374-94
Reforma al Reglamento de Sesiones del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas -F.H.A.-
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 374-94
Palacio Nacional: Guatemala, 14 de julio de 1994.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas -FHA-, tiene la facultad de dictar los Reglamentos que sean necesarios para su funcionamiento y que los mismos deben someterse a consideración del Organismo Ejecutivo, para los efectos de su aprobación.
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas -FHA- elevó para su aprobación, Proyecto de Modificación al Artículo 23 del Reglamento de Sesiones de su Junta Directiva, con el objeto de modificar el pago de Dietas a los Miembros de dicho órgano colegiado, solicitud que se estima atendible, en virtud que el Instituto es generador de sus propios ingresos y cuenta con suficientes disponibilidades presupuestarias.
POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República, con fundamento en el Artículo 48 del Decreto Ley Número 2-86 y los Artículos 2º. y 11, inciso a) del Decreto 1448 del Congreso de la República, Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas -FHA-,
ACUERDA:
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