CONVENIO 1069
Acta Constitutiva del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD)
ACTA CONSTITUTIVA DEL CENTRO LATINOAMERICANO DE ADMINISTRACIÓN PARA EL DESARROLLO (CLAD)
Suscrita en Caracas, Venezuela, el 30 de junio de 1972.
Aprobada por Decreto del Congreso de la República, número 17-79, de fecha 4 de abril de 1979.
Declarada la adhesión el 18 de abril de 1979.
Depositado el Instrumento el 12 de junio de 1979.
Publicada en el Diario Oficial, Tomo CCXII, número 5, de fecha 12 de septiembre de 1979.
Recopilación de Leyes Tomo XCVIII, página 589.
ACTA CONSTITUTIVA DEL CENTRO LATINOAMERICANO DE ADMINSITRACION PARA EL DESARROLLO (CLAD)
ACUERDO RELATIVO AL CENTRO LATINOAMERICANO DE ADMINSITRACIÓN PARA EL DESARROLLO (CLAD)
LOS GOBIERNOS DE MEXICO, PERU Y VENEZUELA,
CONSIDERANDO:
Que varios países latinoamericanos han emprendido en los últimos años esfuerzos tendentes a reformar sus administraciones públicas, según criterios rigurosos de revisión de sus estructuras y funciones a partir de modelos integrales de orientación normativa y de diagnósticos globales o especiales de la administración pública en su conjunto o de algunos de sus componentes más estratégicos que permitan derivar propuestas coherentes de reforma;
Que este esfuerzo de replanteamiento radical de las estructuras y funciones públicas exige la utilización creciente de teorías, doctrinas y técnicas interdisciplinarias en los campos de las ciencias políticas, económicas y jurídicas, de la sociología general y de la evolución histórica de la región;
Que sin perjuicio de las particularidades propias de cada país latinoamericano y de cada una de sus formas de gobierno, existe un amplio denominador común, en cuanto a la problemática administrativa de la Región, reflejado en la similitud de los enfoques que cada gobierno viene dando a sus planteamientos de reforma;
Que resulta oportuno aunar esfuerzos y aprovechar en común los todavía escasos recursos humanos y materiales conque cuentan los países, evitando en lo posible emprender separadamente programas similares;
Que resulta oportuno aunar esfuerzos y aprovechas en común los todavía escasos recursos humanos y materiales conque cuentan los países, evitando en lo posible emprender separadamente programas similares;
Que un esfuerzo de integración de esta naturaleza debe diseñarse y operarse de manera sumamente flexible a fin de dar preeminencia a los productos individualizados de esa cooperación, en lugar de crear instituciones cuyos productos no son siempre los más deseables por las administraciones públicas interesadas;
Que es preciso, sin embargo, institucionalizar un centro intergubernamental que ostente la representación de esos programas y supervise la elaboración de esos productos, para lo cual el Gobierno de Venezuela ha sometido a consulta de todos los países latinoamericanos un proyecto de un Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, habiéndose recibido la opinión favorable de un considerable número de países;
Que cada uno de esos programas debe cumplir sus propios objetivos y producir sus resultados finales bajo una dirección responsable e independiente, en los plazos que le fuesen fijados y con sus propios recursos humanos y financieros.
ACUERDAN:
Constituir el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD) y abrir a los restantes Estados Latinoamericanos la posibilidad de adherirse como miembros de dicho Centro, en base a las siguientes estipulaciones:
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