CONVENIO  CON:0109

Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica Centroamericana

TRATADO MULTILATERAL DE LIBRE COMERCIO E INTEGRACIÓN ECONOMICA CENTROAMERICANA

Suscrito en Tegucigalpa, el 10 de junio de 1958.

Aprobado: Decreto legislativo número 1262, de 16 de diciembre de 1958.

Ratificado: 22 de diciembre de 1958.

Depositado el Instrumento: 2 de junio de 1959.

Publicado: Diario Oficial, Tomo CLV, número 64, de 11 de marzo de 1959.

En vigor para El Salvador, Guatemala y Nicaragua.

Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, el Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa rica, deseando estrechar y fortalecer los vínculos de origen y fraternal amistad que felizmente unen a los cinco países y con el propósito de integrar progresivamente sus economías, de asegurar la ampliación de sus mercados, de fomentar la producción y el intercambio de bienes y servicios, de elevar los niveles de vida y empleo de sus respectivas poblaciones, y de contribuir, de esta manera, a restablecer la unidad económica de Centro América, han decidido celebrar el presente Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica Centroamericana, de realización progresiva, a cuyo efecto han designado sus respectivos Plenipotenciarios, a saber:

(Siguen los nombres de los Plenipotenciarios)

quienes, después de haberse comunicado sus respectivos Plenos Poderes y de hallarlos en buena y debida forma, convienen en lo siguiente:

CAPITULO I
REGIMEN DE INTERCAMBIO

 
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