ACUERDO MINISTERIAL 015-2001
Se acuerda establecer los distintivos y características que deben observar los títulos y diplomas por los que el Ministerio de Cultura y Deportes acredita la validez de los estudios realizados en los centros educativos.
*Derogado por el artículo 18 del Acuerdo Ministerial 91-2023
ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 015-2001
Guatemala, 18 de enero de 2001
La Ministra de Cultura y Deportes,
CONSIDERANDO:
Que con fecha once de octubre del dos mil el Presidente de la República emitió el Acuerdo Gubernativo número 480-2000 "REGLAMENTO PARA LA EXTENSIÓN DE TITULOS O DIPLOMAS POR LOS QUE EL MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES ACREDITA LA VALIDEZ DE LOS ESTUDIOS REALIZADOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DEL SISTEMA DE ENSEÑANZA ARTÍSTICA EN GUATEMALA" y que en el capitulo III, Artículo 6 de dicho Acuerdo Gubernativo se estableció que el Ministerio de Cultura y Deportes deberá dictar, mediante Acuerdo Ministerial, la disposición que contenga las características del papel, medidas, texto, tipo de impresión y demás aspectos distintivos que deben observar los títulos y diplomas en su anverso y reverso, así como establecer el pago que cada alumno deberá realizar para cubrir el coste de la impresión de titulo o diploma así como los mecanismos y controles de recaudación correspondientes.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y en lo preceptuado por la Constitución Política de la República de Guatemala, en sus artículos 57, 63, 71, 75, 81 y 194 literales a) y f) la Ley del Organismo Ejecutivo, en su artículo 27 literales a), f) y m) y la Ley Orgánica del Presupuesto, en su artículo 29.
ACUERDA:
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