ACUERDO GUBERNATIVO 203-2001
Se acuerda reformar el Artículo 23 y 26 del Acuerdo Gubernativo del 3 de noviembre de 1934, "Disposiciones Reglamentarias sobre la Rendición, Glosa y Archivo de Cuentas", reformado por el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo del 31 de mayo de 1976.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 203-2001
Guatemala, 18 de junio de 2001
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Gubernativo del 3 de noviembre de 1934, reformado por Acuerdo Gubernativo de fecha 31 de mayo de 1976, contiene disposiciones relativas al Archivo de Cuentas del Sector Público Nacional, que ya no se adecuan a la dinámica que prevalece actualmente en la administración pública, ocasionando el congestionamiento de cuentas y documentos, para guardarlos y archivarlos una vez que han sufrido la revisión y glosa correspondiente.
CONSIDERANDO:
Que es conveniente dotar a la Contraloría General de Cuentas de los instrumentos legales que le permitan disponer del archivo de los documentos que conforman las cuentas que remiten las diferentes entidades del sector público, a efecto de evitar el hacinamiento de los mismos en los locales destinados a tal fin.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren la literal e) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 6 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República,
ACUERDA:
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