ACUERDO GUBERNATIVO 688-94
Reglamento de las Tarifas de los servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de Áreas en los Aeródromos
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 688-94
Palacio Nacional: Guatemala, 18 de noviembre de 1994
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia del acelerado desarrollo de la Aviación Civil, ha sido necesario que se incrementen los servicios aeroportuarios para proporcionar facilidades a los usuarios y seguridad al transporte aéreo.
CONSIDERANDO:
Que los costos de reposición y mantenimiento de la infraestructura, equipos e instalaciones han aumentado significativamente y los ingresos que percibe el Estado por la prestación de los servicios, son inferiores a las erogaciones que se efectúan, por lo cual se hace necesario que se establezcan nuevas tarifas para propiciar el aumento de los ingresos, con el propósito de que se destinen al mejoramiento de aquellos y para el efecto se emite la presente disposición legal.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y, lo dispuesto por los artículos 11, numeral 2 del Decreto Ley Número 2-86 "Ley Orgánica del Presupuesto", 7º del Acuerdo Gubernativo número 7-86 de fecha 6 de enero de 1986 "Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto", 78, 79 82, 85, y 95 del Decreto número 563 del Congreso de la República "Ley de Aviación Civil."
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS AEROPORTUARIOS Y
DE ARRENDAMIENTO DE ÁREAS EN LOS AERÓDROMOS DEL ESTADO.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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