ACUERDO 22/08/1989
Reglamento Académico para la Escuela Nacional Central de Agricultura -ENCA-
REGLAMENTO ACADÉMICO PARA LA ESCUELA NACIONAL CENTRAL DE AGRICULTURA -ENCA-
ESCUELA NACIONAL CENTRAL DE AGRICULTURA
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ESCUELA NACIONAL
CENTRAL DE AGRICULTURA,
CONSIDERANDO:
Que el fin de la Escuela Nacional Central de Agricultura -ENCA- es la formación técnica de Agrónomos y Dasónomos que reúnan las características peculiares para contribuir al desarrollo del país, para lo que es necesario dictar normas apropiadas que conduzcan a ese propósito, principalmente referidas a la actividad académica,
CONSIDERANDO:
Que las atribuciones de carácter académico de quienes son responsables de la formación de Agrónomos y Dasónomos en la ENCA, deben ser debidamente establecidas para garantizar mayor eficiencia de las mismas,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los Artículos 6 y 7 del Decreto Legislativo número 51-86, de fecha 7 de septiembre de 1986, "Ley Orgánica de la Escuela Nacional Central de Agricultura -ENCA-".
ACUERDA:
Aprobar el "Reglamento Académico" para la Escuela Nacional Central de Agricultura -ENCA-.
TITULO I
CAPÍTULO I
NATURALEZA, FINES Y OBJETIVOS DE LA ENCA
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