ACUERDO MINISTERIAL 437
Reglamento de evaluación del aprendizaje y promoción educativa para los centros que conforman el programa de extensión y mejoramiento de la educación media -PEMEN- que funcionan en la República de Guatemala.
*Derogado por el Artículo 56 del Acuerdo Ministerial 1171-2010 del Ministro de Educación de fecha 15-07-2010, a partir de la su entrada en vigencia.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 437
Guatemala, 18 de abril de 2001
El Ministro de Educación,
CONSIDERANDO:
Que el acuerdo Ministerial número 14-91 que contiene el Reglamento de Evaluación del aprendizaje y Promoción Educativa para los Centros que conforman el Programa de Extensión y Mejoramiento de la Educación Media -PEMEM- que funcionan en la República de Guatemala, ha sido objeto de numerosas reformas parciales a su articulado, contenidas en el Acuerdo Ministerial número 499-95.
CONSIDERANDO:
Que al texto del acuerdo Ministerial número 14-91 y a su reforma mencionada, se hace necesario introducirles cambios sustanciales para adecuarlos a las necesidades de los centros educativos cuya evaluación del aprendizaje y promoción educativa contemplan, por lo que siguiendo los dictados de la técnica legislativa, es aconsejable emitir un nuevo Reglamento que recoja en un solo instrumento normativo las disposiciones concernientes a la materia objeto de regulación.
POR TANTO:
En ejercicio de las unciones que le confiere el artículo 194 inciso f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo establecido por los artículos 8 y 10 de la Ley de Educación Nacional,
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE EVALUACION DEL APRENDIZAJE Y PROMOCION EDUCATIVA PARA LOS CENTROS
QUE CONFORMAN EL PROGRAMA DE EXTENSION Y MEJORAMIENTO DE LA EDUCACION MEDIA -PEMEM-
QUE FUNCIONAN EN LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
CAPITULO I
OBJETIVOS DEL REGLAMENTO DE EVALUACION
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