ACUERDO GUBERNATIVO 67-98
Delega la competencia de la administración de Tránsito a la Municipalidad de Guatemala, exclusivamente dentro de su respectiva jurisdicción.
Delega la Competencia de la Administración de Tránsito a la Municipalidad de Guatemala
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 67-98
PALACIO NACIONAL: Guatemala, 11 de febrero de 1998.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que el Alcalde Municipal de Guatemala, en su calidad de Representante Legal del Municipio de Guatemala, por medio de oficio número 436-97 de fecha 15 de diciembre de 1,997, solicitó al Ministerio de Gobernación el traslado de la competencia de la Administración de Tránsito, con fundamento en lo previsto en el Decreto número 132-96 del Congreso de la República, Ley de Tránsito, acreditando formalmente el hecho de contar con los recursos necesarios para el desempeño de dicha función.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil se pronunció en relación con la solicitud en forma favorable y que el Ministro de Gobernación emitió la resolución administrativa correspondiente, accediendo a lo solicitado.
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le confiere el inciso e) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con base en lo establecido en los artículos 8 del Decreto número 132-96 del Congreso de la República, Ley de Tránsito y 27 inciso d) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA:
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