ACUERDO GUBERNATIVO 68-2001
Reglamento General del Consejo Nacional de Salud.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 68-2001
Guatemala, 22 de febrero de 2001
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que para fortalecer el proceso de desarrollo integral del país, es necesario el establecimiento de un sistema Nacional de salud con política unitaria, participación activa de las instituciones que conforman el sector salud, tanto estatales como privadas, con una dinámica de desarrollo concertado a efecto de dar una estructura lógica para maximizar y aumentar la cobertura de los servicios a la población, así como la desconcentración, descentralización y modernización de los mismos.
CONSIDERANDO:
Que es necesario poner en funcionamiento el CONSEJO NACIONAL DE SALUD, como un Organismo de Asesoría para promover mecanismos de coordinación entre las instituciones que componen al sector y consultoría para las actividades relacionadas con la salud, por lo que debe emitirse la disposición legal que apruebe el Reglamento del mismo, según lo establecido en el artículo 15 del Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren el artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 y 15 del Decreto número 90-97 del Congreso de la República Código de Salud.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
"REGLAMENTO GENERAL DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD"
TÍTULO I
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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