ACUERDO MINISTERIAL  1,107-2001

Reglamento Interno de la Unidad Nacional de Atención al Enfermo Renal Crónico -UNAERC-.

Derogado por el artículo 29 Acuerdo Ministerial Número SP-M-2005-2003 emitido por el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social

ACUERDO MINISTERIAL No. 1,107-2001

Guatemala, 30 de octubre de 2001.

El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,

CONSIDERANDO

Que es obligación del Estado velar por la salud de sus habitantes y que para cumplir con ese mandato constitucional, mediante la emisión de los Acuerdos Gubernativos Nos. 442-2000 y 42-2001, de fechas 11 de septiembre del 2000 y 31 de enero del 2001 respectivamente, fue creada la Unidad Nacional de Atención al Enfermo Renal Crónico -UNAERC-, con el objeto de atender pacientes de escasos recursos, que padezcan enfermedades renales crónicas, brindándole a la comunidad a nivel nacional servicios especializados de alta calidad, acorde a la moderna tecnología, médico quirúrgica en el campo de la Nefrología.

CONSIDERANDO

Que para la Dirección y Administración de la Unidad Nacional de Atención al Enfermo Renal Crónico -UNAERC- se integró y nombró una Junta Directiva, la cual está facultada a proponer al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para su trámite y aprobación, el Reglamento Interno de UNAERC, el que debe tener definidas la estructura administrativa, funciones y atribuciones, de conformidad con sus necesidades y requerimientos indispensables para optimizar sus servicios.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículo 93 y 194 inciso f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 27 inciso m) y r) del Decreto número 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO DE LA UNIDAD NACIONAL DE ATENCION AL ENFERMO RENAL CRONICO -UNAERC-

TITULO I

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 
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