ACUERDO  7-2001

Normas Éticas del Organismo Judicial de la República de Guatemala.

Derogado por Acuerdo Número 22-2013 de fecha 05 de junio 2013.

ACUERDO NUMERO 7-2001

CONSIDERANDO:

Que la Corte Suprema de Justicia tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la obligación de impartir justicia, para la preservación y fortalecimiento de la democracia.

CONSIDERANDO:

Que los magistrados, jueces, funcionarios, auxiliares y trabajadores administrativos son el eje esencial de la administración de justicia y actúan para servicio de la comunidad, por lo que es necesario que su función sea prestada ajustándose a claras normas éticas y morales, que exigen de cada uno: honor, probidad, decoro, prudencia, rectitud, lealtad, respeto, independencia, imparcialidad, veracidad, eficacia, solidaridad y dignidad en todas y cada una de sus actuaciones, manifestando una conducta recta, ejemplar y demostrando honestidad y buena fe en todos sus actos.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso f) del ARTICULO 54 de la Ley del Organismo Judicial

ACUERDA:

Las siguientes:

NORMAS ÉTICAS DEL ORGANISMO JUDICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CAPÍTULO I

DEFINICIONES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

 
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