ACUERDO 7-2001
Normas Éticas del Organismo Judicial de la República de Guatemala.
Derogado por Acuerdo Número 22-2013 de fecha 05 de junio 2013.
ACUERDO NUMERO 7-2001
CONSIDERANDO:
Que la Corte Suprema de Justicia tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la obligación de impartir justicia, para la preservación y fortalecimiento de la democracia.
CONSIDERANDO:
Que los magistrados, jueces, funcionarios, auxiliares y trabajadores administrativos son el eje esencial de la administración de justicia y actúan para servicio de la comunidad, por lo que es necesario que su función sea prestada ajustándose a claras normas éticas y morales, que exigen de cada uno: honor, probidad, decoro, prudencia, rectitud, lealtad, respeto, independencia, imparcialidad, veracidad, eficacia, solidaridad y dignidad en todas y cada una de sus actuaciones, manifestando una conducta recta, ejemplar y demostrando honestidad y buena fe en todos sus actos.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso f) del ARTICULO 54 de la Ley del Organismo Judicial
ACUERDA:
Las siguientes:
NORMAS ÉTICAS DEL ORGANISMO JUDICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CAPÍTULO I
DEFINICIONES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
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