ACTA MUNICIPAL  31-2000

Reglamento de Servicio de Transporte de Personas y de Carga por medio de Vehículos Motorizados.

REGLAMENTO DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y DE CARGA POR MEDIO DE VEHICULOS MOTORIZADOS:

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE PINULA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

ACTA NUMERO 31-2000

El infrascrito secretario de la municipalidad de San José Pinula departamento de Guatemala.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CERTIFICA: que para el efecto tuvo a la vista el libro de sesiones municipales en uso en el cual se encuentra el acta que copiada en su parte conducente dice: ACTA NUMERO 31-2000.- sesión pública extraordinaria, celebrada por la honorable corporación municipal de Sán José Pinula, departamento de Guatemala, el día martes, veinte de junio de dos mil, la cual estuvo presidida por el señor Alcalde Municipal, don Victor Réyes Púr , con la presencia de los señores síndicos, Calixto Rolando Morataya Vásquez y Arnoldo Padilla Rojas, concejales del primero al quinto, señores:Victor Alejandro Samayoa García, miguel Ángel Solares Montenegro, Telésforo de Jesús Hernández Ibáñez, José Mario Latín Solares y Guillermo Salvador Toscano Juárez con la asistencia.- - - - - del señor Secretario Municipal, don Jorge Mario López Domínguez , con el objeto de celebrar sesión extraordinaria y tratar asuntos de suma importancia, se procedió de la manera siguiente.- - - - - - - PRIMERO;.............SEGUNDO: la honorable Corporación Municipal de Sán José pínula, departamento de Guatemala ;CONSIDERANDO: que es de su competencia la regulación del transporte de pasajeros y de carga en su jurisdicción territorial, velando porque el servicio sea eficiente, seguro, y continuo para beneficio del vecindario que lo utiliza; CONSIDERANDO: Que de hecho éstos servicios hán estado operando desde hace algún tiempo, pero en forma no coordinada lo que lógicamente há dado origen a ciertos problemas que se hace necesario corregir por medio de la emisión de una norma que regule su funcionamiento de manera adecuada y evitar la competencia desleal con la presencia de unidades clandestinas no autorizadas; POR TANTO: con fundamento en lonaterente considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 30 y 40 incisos b y n del Código Municipal ACUERDA: 1.-emitir y aprobar el siguiente REGLAMENTO DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS Y DE CARGA POR MEDIO DE VEHICULOS AUTORIZADOS:

CAPITULO I
DIPSPOSIONES GENERALES

 
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