ACUERDO MINISTERIAL 1128-2001
Reglamento para el Reconocimiento de Pruebas de Análisis y Diagnóstico de Laboratorios.
*Derogado por el Acuerdo Ministerial 38-2020
ACUERDO MINISTERIAL NO. 1128-2001
Edificio La Monja Blanca: Guatemala, 21 de noviembre de 2001
El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación contribuir a la producción, conservación, aprovechamiento y uso sostenible del patrimonio agropecuario e hidrobiológico y la inocuidad de los alimentos, a través de la definición participativa de normas claras y estables, además de vigilar su cumplimiento.
CONSIDERANDO:
Que el análisis y diagnóstico de laboratorio constituye una herramienta técnica de suma importancia pues fundamenta la toma de decisiones en el campo sanitario, fitosanitario, zoogenético, fitogenético, hidrobiológico, de inocuidad de los alimentos y del manejo del suelo.
CONSIDERANDO:
Que para lograr mayor cobertura, eficiencia en la prestación de los servicios de laboratorio, es necesario formalizar el mecanismo y condiciones que fomenten la activa participación de los laboratorios públicos y privados.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literal m) y 29 de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 130 literal b) del Código de Salud, Decreto Número 90-97 del Congreso de la República y sus reformas: 1, 2, 4, 6 literales a), c), d), e), f) y g), 9, 10, 23 y 24 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto Numero 36-98 del Congreso de la República; 12 de reglamento para la Inocuidad de los Alimentos, Acuerdo Gubernativo Número 969-99 de fecha 30 de diciembre de 1999; y 1º., 3º. literal b) y 6º. del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo Número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, reformado por el Acuerdo Gubernativo Numero 746-99 de fecha 30 de septiembre de 1999.
ACUERDA
EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE PRUEBAS DE ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO DE LABORATORIOS
- Buscado: 4,967 veces.
- Ficha Técnica: 35 veces.
- Imagen Digital: 34 veces.
- Texto: 34 veces.
- Formato PDF: 2 veces.
- Formato Word: 7 veces.