DECRETO LEY 130-85
Ley para el Ejercicio de la Profesión de Químico Biólogo
DECRETO LEY NUMERO 130-85
EL JEFE DE ESTADO
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 1566 del Congreso de la República, se emitieron las normas que regulan el ejercicio de la profesión de Químico Biólogo en Guatemala;
CONSIDERANDO:
Que el Colegio de Farmacéuticos y Químicos de Guatemala en Asamblea General Extraordinaria celebrada en esta ciudad el día 16 de octubre del año en curso, aprobó un nuevo proyecto de ley para el ejercicio de la profesión de Químico Biólogo en el país, debiendo, para que cobren validez las nuevas regulaciones, emitirse la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades que le confiere en artículo 4º. del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83,
DECRETA:
La siguiente
"LEY PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE QUIMICO BIOLOGO"
- Buscado: 4,235 veces.
- Ficha Técnica: 88 veces.
- Imagen Digital: 0 veces.
- Texto: 88 veces.
- Formato PDF: 5 veces.
- Formato Word: 8 veces.