DECRETO DEL CONGRESO  47-96

Se declara de interés nacional el rescate del niño, niña y del adolescente alcohólico.

DECRETO NÚMERO 47-96

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República, establece como obligación fundamental del Estado, la protección la salud física, mental y moral de los menores de edad, así como procurar aquellas medidas que tiendan a las superación personal;

CONSIDERANDO:

Que en los últimos años se ha visto un incremento alarmante en el consumo de bebidas alcohólicas en menores de edad, lo cual se traduce en un grave riesgo a su salud y por ende al futuro de la sociedad guatemalteca a la cual están incorporados;

CONSIDERANDO:

Que si bien en Guatemala, todos los seres son libres e iguales en libertad y derechos, el Estado puede imponer restricciones que tiendan a la protección de aquellos núcleos mas desvalidos o que necesiten el apoyo necesario para su reorientación y encausamiento,

POR TANTO,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

 
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