DECRETO DEL CONGRESO  113-97

Reformas a la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo - INGUAT-

DECRETO NÚMERO 113-97

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que el impuesto que grava las salidas del país por vía aérea, marítima y terrestre, no responde a los niveles actuales del costo de administración de mantenimiento de las dependencias y entidades encargadas de las instalaciones que se usan para ese propósito, ni armoniza con el tributo equivalente que cobran otros países, siendo uno de los más bajos incluso del área centroamericana, por lo que es necesario actualizar las tarifas del impuesto; y por razones de eficiencia tributaria, suprimir el que grava las salidas por vía terrestre.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 la literal a), de la constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA

Las siguientes:

REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO,
DECRETO NÚMERO 1701, REFORMADO POR DECRETO NÚMERO 7-90,
AMBOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

 
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