DECRETO DEL CONGRESO  82-78

Ley General de Cooperativas

DECRETO NUMERO 82-78

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSDERANDO:

Que el Decreto 643, Ley General de Cooperativas, fue emitido hace 28 años de acuerdo a las necesidades de esa época y que teniéndose a la fecha la experiencia necesario en el desarrollo y actividades de las organizaciones cooperativas, procede una regulación que se adapte ala dinámica de su crecimiento y a su proyección en el campo social y económico y que por mandato constitucional, es obligación fundamental del Estado, fomentar y proteger la creación y funcionamiento de cooperativas.

CONSIDERANDO:

Que es urgente dictar las normas que aseguren un desenvolvimiento ordenado y armónico del movimiento cooperativista y que garantice a las asociaciones y a terceros su participación en las mismas, a través de la fiscalización y vigilancia de parte del Estado;

CONSIDERANDO:

Que se hace necesaria la creación de un organismo especializado que centralice, oriente, fiscalice y coordine a las asociaciones cooperativas y que asuma la responsabilidad de autorización y registro de dichas organizaciones consideradas de utilidad social,

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el inciso 1º. Del artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

La Siguiente:

LEY GENERAL DE COOPERATIVAS

TITULO I

DE LAS COOPERATIVAS

CAPITULO I

DISPOSICIONES COMUNES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 14,279 veces.
  • Ficha Técnica: 2,774 veces.
  • Imagen Digital: 64 veces.
  • Texto: 2,740 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 481 veces.
  • Formato Word: 924 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu