DECRETO DEL CONGRESO  51-2001

Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos

*Derogado por el artículo 47 del Decreto No. 67-2001 del Congreso de la República

DECRETO NUMERO 51-2001

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que El Estado de Guatemala ha suscrito y ratificado tratados internacionales con el compromiso de prevenir, controlar y sancionar el lavado de dinero u otros activos, de manera que se proteja la economia nacional y la estabilidad y solidez del sistema financiero guatemalteco.

CONSIDERANDO:

Que es obligacion del Estado proteger la formacion de capital, ahorro e inversion, y crear las condiciones adecuadas para promover la inversion en el pais de capitales nacionales y extranjeros, para lo cual se hace necesario dictar las disposiciones legales para prevenir la utilizacion del sistema financiero para la realizacion de negocios ilegales.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constituicon Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

La siguiente:

LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U TROS ACTIVOS

CAPITULO I

 
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