DECRETO DEL CONGRESO 136-96
Ley de Espectáculos Deportivos.
DECRETO NUMERO 136-96
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, siendo su fin supremo la realización del bien común.
CONSIDERANDO:
Que la celebración de eventos culturales y deportivos en locales públicos y privados requiere ser regulada para prevenir, evitar y sancionar conductas irregulares que ponen en peligro la vida y la integridad de los asistentes.
CONSIDERANDO:
Que en dichos eventos se deben tomar las máximas medidas de seguridad en cuanto a la capacidad de los locales, el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias enervantes, para evitar que las grandes aglomeraciones puedan provocar pérdidas humanas y materiales.
POR TANTO
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República.
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE ESPECTACULOS DEPORTIVOS
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