DECRETO LEY  26-85

Deroga Ley para el Fomento de la Pequeña Empresa Decreto del Congreso número 12-71. El Banco de Guatemala queda facultado para aplicar el saldo del Fondo de Garantía a los créditos que fueron otorgados al amparo del Decreto del Congreso número 12-71.

*Derogado por el artículo 40 del Decreto Número 75-2002 del Congreso de la República

DECRETO LEY NUMERO 26-85

EL JEFE DE ESTADO,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Número 12-71 del Congreso de la República, fue creado el sistema especial de crédito para el fomento de la pequeña empresa, habiendo dicho régimen perdido actualidad según información rendida por el Banco de Guatemala, lo cual hace imperativo dejarlo sin efecto, emitiéndose con ese propósito la disposición legal correspondiente;

POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83,

DECRETA:

 
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