ACUERDO GUBERNATIVO  5/08/1931

Reglamento de la Ley de Cédulas de Vecindad, Decreto Legislativo 1735

Casa del Gobierno: Guatemala, 5 de agosto de 1931.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

En uso de las atribuciones que al Ejecutivo confiere el inciso 17 del artículo 77 de la Constitución y previo dictamen del Consejo de Estado,

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO
NUMERO 1735 (LEY DE CEDULA DE VECINDAD)

 
...
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