DECRETO DEL CONGRESO 56-69
Ley de Redención de Penas
*Derogado por el artículo 101 del Decreto No. 33-2006 del Congreso de la Republica
DECRETO NUMERO 56-69
El Congreso de la República de Guatemala
CONSIDERANDO:
Que para hacer eficaz la aplicación del Artículo 55 de la Constitución de la República es necesario emitir una ley que desarrolle los principios contenidos en dicha norma;
CONSIDERANDO:
Que en consecuencia la ley debe brindar al recluso la oportunidad de dedicarse al trabajo como única forma práctica para su reeducación y adaptación al medio social, y que éste pueda brindar ayuda a su familia y ahorrar para su desenvolvimiento al obtener su libertad;
CONSIDERANDO:
Que la ociosidad en que hasta la fecha se ha mantenido a los reclusos es causa de que afloren y se perpetúen vicios y lacras sociales que el Estado debe combatir por medios pedagógicos y modernos como lo son los que desarrolla la presente ley,
POR TANTO,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE REDENCION DE PENAS
TITULO I
Parte General
CAPITULO UNICO
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