DECRETO DEL CONGRESO 74-97
Reforma a la Ley de Vivienda y Asentamientos Humanos, Decreto 120-96 del Congreso de la República
DECRETO NUMERO 74-97
El Congreso de la República de Guatemala
CONSIDERANDO:
Que la vivienda y los asentamientos humanos son elementos de naturaleza social, que el Estado, como ente equilibrador y promotor del desarrollo social, debe fortalecer a través del ente ministerial que coordina la inversión social en infraestructura básica que también es inversión social en vivienda y asentamientos humanos.
CONSIDERANDO:
Que las funciones que la Ley del Organismo Ejecutivo le asigna al Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas se enmarcan dentro del sector de infraestructura básica y se relacionan directamente con la vivienda y los asentamientos humanos, debe asignarse a este Ministerio como el nuevo ente rector y supervisor del sector habitacional.
CONSIDERANDO:
Que para lograr mayor efectividad en el cumplimiento y aplicación del Decreto Número 120-96 que contiene la Ley de Vivienda y Asentamientos Humanos, se hace necesario dictar las normas que establezcan la designación del nuevo órgano superior de coordinación, así como la modificación de otras disposiciones que permitan, efectivamente, promover el acceso a vivienda adecuada para las familias en situación de pobreza y extrema pobreza.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
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