DECRETO DEL CONGRESO  23-73

Reforma el Decreto del Congreso número 1701 Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo -INGUAT-

*Derogado por el artículo 3 del Decreto del Congreso número 113-97 del Congreso de la República.

DECRETO NUMERO 23-73

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad el Instituto Guatemalteco de Turismo por todos los medios posibles y legales a su alcance, se encuentra haciendo esfuerzos considerables por promover, desarrollar e incrementar el Turismo Internacional, de conformidad a los objetivos para los cuales fuera creado;

CONSIDERANDO:

Que para alcanzar un desarrollo acelerado de la Industria Turística en Guatemala, el Instituto Guatemalteco de Turismo, requiere de un mayor volumen de ingreso, por cuanto a los que en la actualidad se hace acreedor, son insuficientes para incrementar en debida forma el turismo receptivo;

CONSIDERANDO:

Que tal objetivo puede lograrse, en cuanto al impuesto específico a los guatemaltecos y extranjeros residentes, que salen del país, sustituyéndolo por otro impuesto que cumpla más certera y ampliamente su objetivo;

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad, el Instituto Guatemalteco de Turismo, no cuenta con los instrumentos legales necesarios para hacer efectiva la tributación, por parte de las empresas afectas, que forman su régimen financiero, estando ésta sujeta a lo que voluntariamente declaren los contribuyentes de dichos impuestos,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confieren los incisos 1º y 3º del artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

Las siguientes

Reformas a la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo,
Decreto 1701 del Congreso de la República.

 
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