RESOLUCIÓN  JM-131-2001

Aprueba conforme el texto adjunto a la presente resolución, el Reglamento para la Autorización y Funcionamiento de las Casas de Cambio.  

RESOLUCIÓN JM-131-2001

Inserta en el Punto Sexto el Acta 20-2001, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 8 de marzo de 2001.

PUNTO SEXTO: Superintendencia de Bancos somete a consideración de la Junta Monetaria el proyecto de Reglamento para la Autorización y Funcionamiento de las Casas de Cambio.

RESOLUCIÓN JM-131-2001. Conocida la propuesta de la Superintendencia de Bancos, tendente a que esta Junta Monetaria apruebe el "Reglamento para la Autorización y Funcionamiento de las Casas de Cambio"; y, CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República, el 19 de diciembre de 2000, aprobó el Decreto No. 94-2000, Ley de Libre Negociación de Divisas, el cual en su artículo 3 permite el establecimiento y funcionamiento de las sociedades anónimas no bancarias, denominadas Casas de Cambio; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo antes citado corresponde a esta Junta Monetaria emitir el Reglamento que contendrá las normas y/o procedimientos que regirán a tales instituciones; CONSIDERANDO: Que el proyecto de Reglamento propuesto por la Superintendencia de Bancos, se adecua al propósito contemplado en la citada ley, por lo que se estima conveniente su aprobación;

  POR TANTO:

Con base en lo considerado, en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República, 3 y 8 de la Ley de Libre Negociación de Divisas y 30 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, así como tomando en cuenta el Dictamen No. CTSB-01-2001 de la Superintendencia de Bancos del 23 de febrero de 2001 y en opinión de sus miembros,

  LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:

1. Aprobar, conforme el texto adjunto a la presente resolución, el Reglamento para la Autorización y Funcionamiento de las Casas de Cambio.

2. Derogar las resoluciones JM-106-93 y JM-434-94.

3. Autorizar a la Secretaría de esta Junta para que publique la presente resolución, la cual entrará en vigencia el uno de mayo de dos mil uno.

Hugo Rolando Gómez Ramírez
Secretario
Junta Monetaria

ANEXO
A LA RESOLUCION JM-231-2001

REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS
CASAS DE CAMBIO

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 
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