ACUERDO LESGISLATIVO - AL: 15-99
Preguntas Formuladas para la Consulta Popular
ACUERDO NUMERO 15-99
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que el Organismo Legislativo en cumplimiento de los Acuerdos de Paz, suscritos por el Gobierno de la República, mediante un proceso democrático y participativo, concluyó con la aprobación de reformas al texto constitucional;
CONSIDERANDO:
Que además del cumplimiento de los Acuerdos de Paz, las reformas constitucionales llevan inmersa la finalidad de adaptar la estructura del Estado a efecto de modernizarlo y hacerlo congruente con la realidad nacional y así lograr una mejor convivencia democrática y participativa de los habitantes de la Nación en un marco de concordia y armonía;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece como requisito previo para que las reformas a ésta entren en vigencia, que las mismas sean ratificadas por el pueblo mediante Consulta Popular, teniendo el Congreso de la República de Guatemala, de conformidad con el Artículo 173 de la propia Constitución, la potestad de fijar la o las preguntas que se someterán a los ciudadanos,
POR TANTO,
ACUERDA:
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