DECRETO LEY  449

LEY DEL CAFÉ


DECRETO-LEY No. 449


ENRIQUE PERALTA AZURDIA,
Jefe del Gobierno de la República,


CONSIDERANDO:

Que el cultivo y exportación del café constituye un renglón importante en la economía nacional, por lo que es necesario emitir normas que permitan al Organismo Ejecutivo dirigir la política cafetalera nacional e internacional en armonía con los intereses de los caficultores;


CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado proteger a los productores que por sus escasos medios económicos necesitan una adecuada asistencia para el cultivo y comercialización de sus productos;


CONSIDERANDO:

Que es necesario revisar las disposiciones del Decreto-Ley número 417 e introducirle las modificaciones pertinentes, refundiéndolas en un solo cuerpo legal,


POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 3°. de la Carta Fundamental de Gobierno, En Consejo de Ministros,


DECRETA:

La siguiente


LEY DEL CAFE


TÍTULO I
Del Consejo de Política Cafetalera
CAPITULO UNICO

 
...
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