DECRETO GUBERNATIVO  1774


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El Fisco tendrá derecho a ser pagado en lugar preferente y por sobre cualquier otro gravamen, carga o pignoración, con las máquinas, enseres, materias primas y productos destinados para o provenientes de la fabricación o elaboración de alcoholes y bebidas

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO GUBERNATIVO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 1774 
FECHA DE EMISION 25/01/1936 
CONTENIDO El Fisco tendrá derecho a ser pagado en lugar preferente y por sobre cualquier otro gravamen, carga o pignoración, con las máquinas, enseres, materias primas y productos destinados para o provenientes de la fabricación o elaboración de alcoholes y bebidas 
EMISOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: LIV Número: -- Página: 609
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 00/00/0000 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
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