DECRETO GUBERNATIVO  1355

Adiciona los artículos del 13 al 55 al Decreto gubernativo 1329, Reglamento para el Abanderamiento, Matrícula e Inscripción de Naves, Buques y Embarcaciones .

DECRETO NUMERO 1355

JORGE UBICO,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

CONSIDERANDO:

La conveniencia de que se haga un uso prudente del Pabellón Nacional para los buques, naves y embarcaciones que obtengan matrícula e inscripción en los puertos de la República y determinar la clase especial de equipo que deben llevar,

POR TANTO;

En uso de las facultades que le confiere el inciso 17 del artículo 77 de la Constitución de la República,

DECRETA:

Adicionar al Decreto gubernativo Número 1329, los siguientes artículos enumerados en su orden correlativo:

 
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