DECRETO DEL CONGRESO 85-96
Que se hace necesario establecer un fondo permanente destinado a cubrir el beneficio de Bono-Navideño para las Clases Pasivas Civiles del Estado, que en forma extraordinaria se ha venido otorgando a partir de 1993.
DECRETO NUMERO 85-96
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado velar por el bienestar de los ciudadanos, fundamentalmente de aquéllos que pertenecen a la población que se encuentra dentro de la tercera edad, en carácter de pensionados o jubilados del Estado, proveyéndoles los recursos que les permitan aliviar su situación económica;
CONSIDERANDO:
Que los beneficiarios del Régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado, no han sido favorecidos en igualdad de condiciones con los trabajadores activos del Estado, y el monto de sus pensiones se ha venido deteriorando acentuadamente en virtud de que no han sido debidamente actualizadas;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario establecer un fondo permanente destinado a cubrir el beneficio de Bono-Navideño para las Clases Pasivas Civiles del Estado, que en forma extraordinaria se ha venido otorgando a partir de 1993,
POR TANTO,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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