DECRETO DEL CONGRESO 38-89
Exonera de derechos aduaneros las importaciones que efectúe la Organización Caritas (D. Tributario)
DECRETO NUMERO 38-89
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado procurar la elevación del nivel de vida de los guatemaltecos a fin de lograr el bienestar de la colectividad, estimulando especialmente aquellas actividades relacionadas con la protección de la salud del pueblo, que se efectúen a través de entidades de beneficencia, facilitándoles la consecución de sus fines;
CONSIDERANDO:
Que la Fundación CARITAS ARQUIDIOCESANA, es una entidad no lucrativa, que desarrolla en la República de Guatemala actividades de asistencia social a personas de escasos recursos económicos, de donde es conveniente ampliar las exoneraciones tributarias de que goza a efecto de propiciar el mejor desarrollo de sus actividades,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere el Artículo 171, incisos a) y c) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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