DECRETO DEL CONGRESO 66-88
Modifica el Decreto del Congreso número 1485 Ley de Catalogación del Magisterio Nacional:
DECRETO NUMERO 66-88
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,
CONSIDERANDO
Que el Estado apoya y estimula al artista nacional promoviendo a través de legislaciones adecuadas su superación profesional y económica, con el objeto primordial del engrandecimiento de la expresión artística nacional;
CONSIDERANDO
Que por Acuerdo Gubernativo número 104-86, de fecha 17 de febrero de 1986, la Dirección General de Cultura y Bellas Artes, dependencia del Ministerio de Educación pasó a formar parte del Ministerio de Cultura y Deportes, modificando la estructura y relación de dependencia de dicha entidad;
CONSIDERANDO:
Que en articulado el Decreto del Congreso número 1485 instituye la catalogación del Magisterio Nacional, como la clasificación valorativa que el Estado instituye para las personas que se dedican a la enseñanza y las que, con título docente, presten servicios en cargos dependientes del Ministerio de Educación, situación legal que limita y excluye al personal que se dedica a la enseñanza y las que, con título docente, presten servicios en dependencias del Ministerio de Cultura y Deportes,
POR TANTO,
En ejercicio de las atribuciones que le asigna la literal a) del Artículo 171; de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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