RESOLUCIÓN  812-002-2023

Se acuerda aprobar el Reglamento del Arancel General del Registro de Información Catastral de Guatemala.


RESOLUCIÓN No. 812-002-2023

ACUÉRDASE APROBAR EL REGLAMENTO DEL ARANCEL GENERAL DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN CATASTRAL DE GUATEMALA, CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN No. 812-002-2023 DE FECHA 9 DE NOVIEMBRE DE 2023, APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL RIC, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, SEGÚN PUNTO TERCERO DEL ACTA No. 812-2023, DE ESA MISMA FECHA.

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
REGISTRO DE INFORMACIÓN CATASTRAL DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que el Registro de Información Catastral de Guatemala es la autoridad competente en materia catastral que tienen por objeto establecer, mantener y actualizar el catastro nacional y para el cumplimiento de sus funciones debe definir las tarifas obligatorias que se deberán cancelar en concepto de arancel por la venta de productos y servicios catastrales.


CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala es el órgano rector de la organización y funcionamiento del Registro de información Catastral de Guatemala, constituyéndose como la máxima autoridad de la Institución.


CONSIDERANDO:

Que son atribuciones del Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala, aprobar los reglamentos internos, a propuesta de la Dirección Ejecutiva Nacional y determinar los montos a pagar por los usuarios por la prestación de servicios y por la venta de productos catastrales.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los Artículos 1, 2, 3, 4, 6 literal d), 8, 9, 13 literal a), g) e i), 14, 15, 16 literales a), e) del Decreto número 41-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro de Información Catastral.


ACUERDA:


APROBAR EL REGLAMENTO DEL ARANCEL GENERAL DEL REGISTRO DE
INFORMACIÓN CATASTRAL DE GUATEMALA.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,980 veces.
  • Ficha Técnica: 23 veces.
  • Imagen Digital: 23 veces.
  • Texto: 18 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 4 veces.
  • Formato Word: 8 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu