ACUERDO GUBERNATIVO 363-2022
Se acuerda aprobar la disminución del Presupuesto de ingresos y egresos del Fondo de Tierras (Fontierras), correspondiente al ejercicio fiscal 2022.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 363-2022
Guatemala, 28 de diciembre de 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se disminuya el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que el Fondo de tierras (Fontierras), solicitó autorización para una disminución a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, en la cantidad de SESENTA Y SEIS MILLONES VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS DOCE QUETZALES (Q66,022,912), con fuente de financiamiento 12 Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro, en los Programas 11 Acceso a la Tierra y 12 Desarrollo de Comunidades Agrarias Sostenibles, aprobada por el Consejo Directivo de ese Fondo por medio del Punto Resolutivo número 73-2022 contenido en el Acta número 63-2022 de la sesión celebrada el 28 de noviembre de 2022, la cual corresponde a recursos de diversos subsidios, de abono a capital adeudado, capital de trabajo y préstamos que se brindan para la compra de las fincas Chaquipur, Ribacó y Los Recuerdos, los cuales no fueron ejecutados en el presente año, por presentar inconvenientes con el proceso de otorgamiento de créditos.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 29 y 29 Bis, las autoridades del Fondo de Tierras (Fontierras) serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la disminución presupuestaria propuesta y los débitos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 532 de fecha 21 DIC 2022, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 461-2022 de fecha 22 DIC. 2022, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;
ACUERDA
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