ACUERDO MINISTERIAL  279-2022

Se acuerda derogar las Disposiciones Temporales de Medidas Sanitarias en el Sector Agropecuario para prevenir y mitigar el contagio del Covid-19, Acuerdo Ministerial Número 112-2020.


ACUERDO MINISTERIAL No. 279-2022

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 07 de octubre de 2022


EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde a los Ministros de Estado ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio así como dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con el mismo.


CONSIDERANDO:

Que es de estricto interés del Estado de Guatemala y de interés general, derivado que el objeto de las Disposiciones Temporales de Medidas Sanitarias en el Sector Agropecuario para prevenir y mitigar el contagio del Covid-19, emitidas mediante el Acuerdo Ministerial número 112-2020 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, fueron desarrolladas de conformidad con las directrices emitidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, por medio del Acuerdo Ministerial número 146-2020, con el objeto de garantizar la salud y seguridad ocupacional, mismas que han sido reformadas de manera reiterada; y, con fundamento en el Acuerdo Gubernativo número 79-2020 del Presidente de la República de Guatemala, que contenía las Normas Complementarias al Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, para la prevención y control de brotes de Sars Cov-2 en los centros de trabajo, ha sido derogado; resulta oportuna la derogatoria del Acuerdo Ministerial número 112-2020 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, debiendo sujetarse todas las personas involucradas en las cadenas de producción del sector agropecuario, a las medidas y disposiciones de carácter general emitidas por el Organismo Ejecutivo, a través de las autoridades competentes.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 48 del Acuerdo Ministerial número 112-2020 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, establece la naturaleza temporal del referido acuerdo, sujetando su vigencia y aplicación a las disposiciones del Organismo Ejecutivo, por medio del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA- o conforme las circunstancias que la pandemia del COVID-19 lo permitan y tomando en consideración que las disposiciones relacionadas a la pandemia de COVID-19 a la presente fecha han variado, es necesario que se derogue el mismo.


POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 154 y 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010 del Presidente de la República de Guatemala.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,270 veces.
  • Ficha Técnica: 38 veces.
  • Imagen Digital: 38 veces.
  • Texto: 33 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 4 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu