ACUERDO GUBERNATIVO 215-2021
Reglamento de cementerios y manejo de cadáveres.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 215-2021
Guatemala, 11 de noviembre de 2021
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece el goce de la salud como un derecho fundamental del ser humano; que el Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollando a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social; asimismo, que la salud de los habitantes de la Nación es un bien público y que todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud, establece que corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en coordinación con las municipalidades y el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, establecer las normas para la construcción, funcionamiento, ampliación o cierre de los cementerios en el país; y, que además a las municipalidades les corresponde la autorización de la construcción e instalación de nuevos cementerios, así como la autorización para la ampliación y cierre de los mismos, previo dictamen de los Ministerios de Salud Pública y Asistencia Social y de Ambiente y Recursos Naturales.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, con fundamento en los Artículos 93, 94 y 95 de ese mismo cuerpo legal; 112 y 114 del Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE CEMENTERIOS Y MANEJO DE CADÁVERES
Título I
Disposiciones generales
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