ACUERDO MINISTERIAL  55-2021

Procedimiento para la emisión de solvencias de faltas de trabajo y previsión social de forma electrónica.

*Derogado por el artículo 1, del Acuerdo Ministerial Número 128-2023 el 09-03-2023


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 55-2021

Guatemala, 09 de febrero de 2021


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Derecho al Trabajo es un derecho de la persona y una obligación social, el régimen laboral del país debe organizarse de acuerdo con los principios de justicia social, siendo importante la emisión y reforma de normas específicas pata desarrollar lo establecido en la ley. Asimismo, cada Ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; y dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados al mismo.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Código de Trabajo, Decreto número 330 del Congreso de la República de Guatemala, el cual preceptúa que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social a través de la Inspección General de Trabajo, por medio de su cuerpo de inspectores y trabajadores sociales, deben velar porque patronos, trabajadores y organizaciones sindicales, cumplan y respeten las leyes, convenios colectivos y reglamentos que normen las condiciones de trabajo y previsión social en vigor o que se emitan en lo futuro.


CONSIDERANDO

Que es necesaria la actualización de sistemas y acciones que permitan la modernización del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, siendo la tecnología en !a sociedad una realidad que no se puede ignorar y que por ende se deben revisar los conceptos y visiones tradicionales del mundo físico para adaptarlos al actual contexto del mundo digital; en ese sentido, es necesaria la implementación de instrumentos jurídicos modernos tecnológicos que permitan el fomento y cumplimiento de la legislación laboral en Guatemala.


POR TANTO:

En el ejercicio de la función que le confiere el artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos: 4, 27 literales a), f), y m) y 40 literal a), de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 269, 271, 271 bis, 272, 278 del Código de Trabajo, Decreto Número 330 del Congreso de la República de Guatemala; y 1, 2, 5, 9 y 11 de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto Número 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE SOLVENCIAS DE FALTAS DE TRABAJO Y PREVISIÓN
SOCIAL DE FORMA ELECTRÓNICA

 
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