ACUERDO MINISTERIAL  251-2020

Se acuerda aprobar el "Manual de procedimientos para la inspección de inocuidad de alimentos a establecimientos de productos hidrobiológicos".


ACUERDO MINISTERIAL No. 251-2020

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 08 de diciembre de 2020


EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO:

Que es de estricto interés del Estado y de interés general a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación como ente rector para el control, vigilancia y coordinación de la inocuidad de los alimentos no procesados de origen animal producidos nacional o internacionalmente, bajo un sistema higiénico aceptable, regulado legal y técnicamente, destinados para el consumo humano, ubicando la infraestructura necesaria, que permita al país, velar que se cumpla con la normativa regional e internacional aprobada en el marco de la inocuidad de alimentos.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, como parte de los controles higiénico-sanitarios de los alimentos de origen pesquero, debe asegurar que los alimentos de origen hidrobiológico importados para ser procesados y exportados a la Unión Europea deben cumplir con los estándares de inocuidad de alimentos requeridos por Guatemala.


CONSIDERANDO:

Que derivado de la necesidad de adecuar las disposiciones a la normativa regional e internacional de la materia, la Dirección de Inocuidad del Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones, realizó la actualización al "Manual de Procedimientos para la Inspección de Inocuidad de Alimentos a Establecimientos de Productos Hidrobiológicos", por lo que el Departamento de Productos Hidrobiológicos de la Dirección de Inocuidad, por medio de Dictamen Técnico DPOA-DIA/011-2020-DA, indica que es procedente su aprobación, asimismo, Asesoría Jurídica por medio de Providencia No. AJ-1220-2020, opinó y dictaminó, que es procedente la aprobación de la actualización al referido manual; por lo que es oportuno emitir la presente disposición.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala: 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo Número 338-2010;


ACUERDA:

 
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