ACTA MUNICIPAL  85-2020.12

Reglamento de tasas de la Municipalidad de Palín, Departamento de Escuintla.

*Derogado por el numeral I, del Acta 89-2020.4 de fecha 21-12-2020.


ACTA NÚMERO 85-2020
PUNTO DÉCIMO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE PALÍN, DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA:


CERTIFICA:

Que, para el efecto, tuvo a la vista, el libro de Actas Móviles de Sesiones del honorable Concejo Municipal, de la Municipalidad del municipio de Palín, del departamento de Escuintla, del año dos mil veinte, en el cual se encuentra el Acta número OCHENTA Y CINCO de fecha diecinueve de noviembre del año dos mil veinte, en la cual se aprobó el punto DECIMO SEGUNDO que literalmente dice:

DECIMO SEGUNDO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, luego de venir considerando, analizando, estudiando y deliberando cada uno de los artículos del Reglamento de Tasas de este municipio y considerar necesario actualizar el mismo, de acuerdo a la modernización que deben tener las normas jurídicas. CONSIDERANDO: Que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continua y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. CONSIDERANDO: Que las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que se hace necesario fijar valores a las tasas de los diferentes servicios que presta esta municipalidad a favor de personas individuales y jurídicas, ajustándolas a la realidad económica actual, y fundados conforme al principio de capacidad de pago, logrando un sistema justo y equitativo, que permita obtener los costos de los recursos humanos y materiales que invierten en los mismos, sin menoscabar los intereses de los comerciantes palinecos, especialmente los pequeños empresarios. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del código municipal decreto 12-2002 establece:... Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. POR TANTO: Con base en lo que para el efecto preceptúan los artículos 239, 254, 255, de la Constitución Política de la República de Guatemala; y los artículos 3, 9, 11, 27, 33, 42, 68, 72 y 100 del Código Municipal. El honorable Concejo Municipal, EN UNANIMIDAD ACUERDA:

Emitir el siguiente


REGLAMENTO DE TASAS DE LA MUNICIPALIDAD DE PALIN, DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.

 
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