ACUERDO MINISTERIAL  214-2020

Se acuerda ratificar la vigencia de las disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial número 105-2020 de fecha 16 de marzo de 2020, por medio del cual se declara en situación de emergencia al Sistema Nacional Interconectado.


ACUERDO MINISTERIAL 214-2020

Guatemala, 28 de septiembre de 2020


EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común, siendo deber del mismo garantizar a los habitantes de la República de Guatemala la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona en un marco de protección de la vida humana desde la concepción, la integridad y la seguridad de la persona.


CONSIDERANDO

Que de acuerdo con la Constitución Política de la República, el principio de seguridad jurídica consiste en la confianza que tiene el ciudadano, dentro de un Estado de Derecho hacia el ordenamiento jurídico; es decir, hacia el conjunto de leyes que garantizan su seguridad, y demanda que dicha legislación sea coherente e inteligible; en tal virtud; las autoridades en el ejercicio de sus facultades legales deben actuar en un marco de respeto a las leyes vigentes.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 152, 154 y 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20, 22, 27 literal m) y 34 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 12 del Acuerdo Gubernativo 112-2015, Tarifario de los servicios que presta la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional; 4 literales a) y h), y 6) literal b) del Acuerdo Gubernativo 382-2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas;


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,701 veces.
  • Ficha Técnica: 89 veces.
  • Imagen Digital: 89 veces.
  • Texto: 76 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 9 veces.
  • Formato Word: 7 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu