ACUERDO 03-2019
Reglamento Para La Creación, Autorización Y Operación De Establecimientos De Educación Media Agropecuaria Y/O Forestal En La República.
ACUERDO No. 03-2019
El Consejo Directivo de la Escuela Nacional Central de Agricultura,
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Artículo 79 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la Escuela Nacional Central de Agricultura -ENCA-, debe organizar, dirigir y desarrollar los planes de estudio agropecuario y forestal de la Nación, a nivel de enseñanza media.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Orgánica de la ENCA, Decreto 51-86 del Congreso de la República de Guatemala, la ENCA ejercerá jurisdicción en toda la República y tiene por objeto la formación de técnicos en las ciencias agrícolas y forestales en enseñanza media; dentro de sus funciones y atribuciones, está decidir sobre la creación, autorización y funcionamiento de establecimientos de enseñanza media con orientación y formación en especialidades de las ciencias mencionadas.
CONSIDERANDO
Que para el cumplimiento de las atribuciones que le asignan los anteriores preceptos legales, es necesario contar con una normativa actualizada que provea a la ENCA de un instrumento que defina adecuadamente el proceso para la creación, autorización y funcionamiento de los establecimientos de educación media agropecuaria y/o forestal.
POR TANTO
Con base en lo considerado, leyes invocadas y en uso de la facultad que le otorga el artículo 10 literal e) de la Ley Orgánica de la ENCA, decreto número 51-86 del Congreso de la República y sus reformas,
ACUERDA
Aprobar el siguiente:
"Reglamento para la creación, autorización y operación de establecimientos de educación
media agropecuaria y/o forestal en la República"
CAPITULO I
Disposiciones generales
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