ACUERDO  1421

Reglamento Sobre Recaudación De Contribuciones Al Régimen De Seguridad Social.

*Aprobado por El Acuerdo Gubernativo 180-2018 de fecha 29/10/2018.


ACUERDO NÚMERO 1421


LA JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL


CONSIDERANDO:

De conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado, los patronos y los trabajadores cubiertos por el régimen de seguridad social tienen la obligación de financiarlo; y que por su parte, la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social manda que durante todo el tiempo en que solo se extienda y beneficie a la clase trabajadora, o a parte de ella, el régimen de seguridad social debe financiarse por el método de triple contribución a base de las cuotas obligatorias de los trabajadores, de los patronos y del Estado.

Para financiar los distintos beneficios que otorga el régimen de seguridad social a sus afiliados, es necesario regular un sistema moderno de recaudación con la finalidad de obtener una conecta y rápida recepción de los ingresos.


POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el inciso a) del Artículo 19 de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,


ACUERDA:

Dictar el siguiente:


REGLAMENTO SOBRE RECAUDACIÓN DE CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE SEGURIDAD
SOCIAL

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 11,967 veces.
  • Ficha Técnica: 831 veces.
  • Imagen Digital: 829 veces.
  • Texto: 792 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 216 veces.
  • Formato Word: 210 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu